El aborto / Alejandro ANGULO FONTIVEROS.-- pp. 127-182.-- En: Revista de Derecho de la Defensa Pública / Defensa Pública.-- Caracas, 2 (2016)
Aborto;
Prohibiciones;
Muerte;
Libertad
Derecho Penal Derecho Civil (Personas)
Ubicación: Academia de Ciencias Políticas y Sociales. Biblioteca Andrés Aguilar Mawdsley
Resumen
En Venezuela solo se permite el aborto terapéutico para salvar la vida de la madre (aborto quod vitam). Ello es lamentable porque no permite solucionar embarazos tan angustiosos como cuando hay la certeza científica de que nacerá un hijo con graves anomalías, así como por violación. Ni los embarazos yugulados por una angustiosa necesidad social, por lo cual muchas mujeres abortan obligadas por la circunstancia y han de enfrentar la ley penal. No así sus pares más afortunadas, quienes pueden comprar todo tipo de anticonceptivos e in extremis viajar al exterior para abortar sin problema alguno con adecuada asistencia médica. Asistencia que tampoco tienen las mujeres más necesitadas, quienes por ello muchas veces sufren la consecuencia de abortos hechos en condiciones inapropiadas desde todo punto de vista. Una ventaja del aborto legal es que reduce drásticamente el aborto clandestino. Esa limitación, de suyo absurda, es peor porque es de mucha latitud y ha mucho sumió a Venezuela en un páramo jurídico basado en el oscurantismo más pernicioso. En los países más civilizados del mundo se reconoce un derecho muy sólido de la mujer a decidir sobre su fecundidad y reproducción y a abortar antes de los tres meses: es la solución del plazo o el aborto libre, propuesto por primera vez en Venezuela en el Proyecto de Código Penal del TSJ. Mucha culpa de tan atrasada legislación la tienen los opositores al control de la natalidad, con cuya falta se pueden vincular todos los problemas del país. (Resumen del autor)
Texto Completo
Perfil de la revista |